Corte Suprema ordena reapertura de causa por amenazas a Camila Vallejo
En fallo unánime, la Segunda Sala decidió reabrir el caso en el que figura como imputada, Tatiana Acuña Sallés.
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La Corte Suprema acogió el recurso de queja presentado en contra de fallo que dictó sobreseimiento definitivo en investigación por el delito de amenazas a ex dirigente estudiantil, Camila Vallejo.
En fallo unánime, los ministros de la Segunda Sala -Milton Juica, Hugo Dolmestch, Pedro Pierry, Carlos Künsemüller y Haroldo Brito- acogieron el recurso presentado en contra de la decisión de la Séptima Sala del tribunal de alzada que ordenó el sobreseimiento en la causa en que figuraba como imputada Tatiana Acuña Sallés.
La resolución del máximo tribunal determina que al momento de decretarse el sobreseimiento, la investigación se encontraba abierta y con diligencias pendientes, por lo que no correspondía su dictación.
"De acuerdo a lo expresado en el recurso y no controvertido en autos, la investigación en que incide éste se encontraba abierta para la realización de diligencias tendientes, entre otras, a ubicar la cuenta de "twitter" de doña Tatiana Acuña y extraer los tweets correspondientes a ese día, conocer sus contactos, seguidores y contexto de la frase a la que se le atribuye el carácter de amenaza; a identificar la cuenta "derecha twittera" para indagar las conexiones de la acusada y otras personas con un acto convocado por tal vía para "matar a Camila Vallejo"; y a determinar el perfil político de la imputada mediante la información que, a su respecto, posea el Servicio Electoral, todo ello con el objeto de contextualizar la frase proferida por Acuña Sallés y que motivó, entre otras, la investigación instruida", sostiene el fallo.
La resolución agregó que "las referidas diligencias aparecen como plenamente conducentes para determinar el real sentido de la frase que se reprocha, "muerta la perra, se acaba la leva", aspecto fundamental en el delito atribuido considerando los elementos del tipo penal de que se trata de manera que sin ellas, no puede estimarse agotada la investigación instruida para esclarecer su ocurrencia".
Con estos antecedentes, explicó el tribunal "no resultaba procedente decretar el sobreseimiento definitivo del proceso", ya que no se han practicado todas las diligencias tendientes a la averiguación del hecho punible.
Por lo tanto, se acogió el recurso de queja y, en consecuencia, "se deja sin efecto la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, de veintinueve de enero de dos mil trece, que sobreseyó definitivamente y en forma parcial la causa respecto de la imputada Tatiana Andrea Acuña Sallés".